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Transparencia y gobierno de la información
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Jueves, 09 de Octubre de 2014 10:46

Una organización trasparente es aquella que ofrece a todas las partes interesadas información sobre su funcionamiento, toma de decisiones, sus inversiones y gastos, sus planes, las medidas de control, etc. La transparencia, por lo tanto, puede ejercerse en el sector público y en el sector privado. Sin embargo, se habla más de transparencia en el sector público, ya que las partes interesadas son un conjunto muy amplio de personas, que incluyen a los ciudadanos directamente administrados y, en democracia, a los votantes que tienen que revalidar o no los mandatos de los distintos partidos políticos.

Muchos países han promulgado leyes de transparencia en el sector público, que normalmente incluyen la obligatoriedad de publicar una determinada información sobre la administración pública y los funcionarios a su servicio; en lo que se ha llamado publicación o publicidad activa. En España, cómo en muchos otros sitios, la legislación ha impuesto plazos para su cumplimiento (el máximo es de dos años, es decir, finales de 2015), y por lo tanto hay muchas administraciones públicas españolas que en el contexto de crisis y recortes del gasto público tienen que poner los medios para cumplir con la ley. En Latinoamérica las leyes de transparencia se han promulgado hace más tiempo y es admirable la cantidad de información que puede encontrarse a través de los portales de transparencia

Sin embargo, en ambos casos existe el riesgo de que el ejercicio de la transparencia cree silos aislados de información que se gestiona sólo para el propósito de la publicación activa. Aunque voces autorizadas insisten en que la publicación de información que nos exige la transparencia debería ser un aspecto más del gobierno de la información o “Information governance” , no parece tan claro que las administraciones estén considerando el tema desde un enfoque global. El término Information Governance (IG) se ha popularizado en los últimos tiempos habiendo un acuerdo más o menos generalizado de se trata de un conjunto de estructuras, políticas, procedimientos, procesos y controles que se implementan para la gestión de la información a nivel de una organización para cumplir con los requisitos legales y operativos. Sus principios son ampliamente reconocidos de forma teórica pero difícilmente implementados en la práctica. Es interesante toda la información de la sección correspondiente a Information Governance” en el web de AIIM.  Tampoco ayuda la idea de que se necesita un programa o un proyecto  específico para la implementación real, en realidad los principios del IG deberían estar en todos los proyectos de gestión de la información. Lo cuenta muy bien Chris Walker en este post (http://christianpwalker.wordpress.com/2014/09/29/ig-guerrilla-tactics/).

En el caso de la información que se hace pública para cumplir con las leyes de transparencia estos serían algunos de los aspectos claves de una visión de conjunto:

- La información que se publica debería generarse en los procesos habituales de trabajo de las propias administraciones, lo que nos garantizaría que no existen versiones públicas diferentes o contradictorias.

- Si asumimos lo anterior como cierto significa que se deberían analizar los procesos donde esa información se produce o recibe, validarlos o modificarlos si es necesario, e incluir la publicación como un paso más de los mismos. El análisis documental que normalmente se hace para la gestión de los documentos electrónicos debería ampliarse con este aspecto.

- Habiendo incluido la publicación en los procesos habituales, las herramientas informáticas nos permitirán la automatización de la misma,  evitando la discrecionalidad de las decisiones de publicación o no de cierta información. Esto no quiere decir que no se definan pasos previos de aprobación antes de la publicación, pero sí promover  la trazabilidad de estas decisiones de publicación como parte del propio proceso de transparencia.

- En el enfoque del Information  Governance es siempre muy importante implementar las políticas de evaluación y valoración, que permiten conservar la información verdaderamente importante y desechar la que no lo es. Si aplicamos este principio, podremos encontrar casos en que la información ya publicada deje de tener valor, y que por lo tanto se deba destruir. De nuevo enganchando con los mecanismos de definición de calendarios de conservación evitaríamos la arbitrariedad en la decisión de cuánto tiempo una información publicada debe estar disponible.

- Por último, las completísimas (a mi modo de ver a veces excesivas) convenciones utilizadas para exigir y preservar la autenticidad de los documentos en las actuaciones administrativas, por ejemplo las firmas electrónicas y los sellos de tiempo,  deberían alinearse con las medidas para demostrar la autenticidad de la información publicada para la transparencia.

Estas observaciones no tienen el propósito de desprestigiar o criticar las actuaciones ya existentes de publicación activa. Todo lo contrario bienvenida sea toda la información que se ha publicado; pero si proponer una visión global para permitir  la racionalización y a la larga el ahorro de recursos al mismo tiempo que se garantiza la fiabilidad de la información que se hace pública.

Última actualización el Jueves, 09 de Octubre de 2014 11:48