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e-Archiving, en busca de la interoperabilidad europea
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Viernes, 26 de Noviembre de 2021 13:41

Connecting Europe - Benefits of eArchiving | Facebook

Hace pocas semanas hemos cerrado una etapa más en el desarrollo de eArchiving y hemos tenido que reflexionar sobre los logros conseguidos y los retos del futuro. En este post, comparto nuestras reflexiones al respecto.

En estos dos últimos años, hemos formado parte del consorcio europeo (E-ARK3) que ha mantenido y gestionado eArchiving. Este consorcio ha estado formado por 16 organizaciones de diferentes tipos (archivos nacionales y regionales, universidades e institutos de investigación, fundaciones y asociaciones, proveedores de software y empresas consultoras) de 11 países europeos.

En este tiempo eArchiving ha madurado, tanto en el desarrollo de sus componentes, cómo en la definición de su visión y los potenciales beneficios de su adopción. Hoy por hoy, eArchiving está fuertemente asentado en el modelo OAIS (ISO 14721- Open archival information systems) y en facilitar que los paquetes de información que se envían a un archivo electrónico o digital para su preservación a largo plazo estén estructurados de una manera normalizada que permita la interoperabilidad.

Estas son las principales razones por lo que esta interoperabilidad es deseable para un archivo electrónico o digital:

  • La capacidad de realizar búsquedas conjuntas en más de un archivo digital y de construir aplicaciones o capas de recuperación de la información que se aprovechan de una estructuración de la información normalizada.
  • La facilidad que una información estructurada de forma normalizada supone en la aplicación de iniciativas de inteligencia artificial (IA) basadas en la información que se encuentra en un archivo o varios archivos digitales.
  • La independencia de los proveedores de soluciones informáticas. Si por alguna razón quiero cambiar de proveedor de la solución de archivo electrónico, los paquetes de información normalizados pueden ser fácilmente trasladables a otra solución.
  • La compatibilidad a lo largo del tiempo, los paquetes de información normalizados aseguran transiciones fáciles en los cambios tecnológicos, así como en los organizativos.
  • La posibilidad de intercambio de información normalizada entre el archivo digital y otras organizaciones, cómo puede ser la administración de justicia u otro archivo.

Y aun asumiendo todos estos beneficios, porqué eArchiving y no la normalización a nivel nacional o la que ofrecen los proveedores de soluciones de archivo digital (todos prometen conformidad con OAIS, PREMIS y METS como mínimo).

La primera contestación es fácil, la integración europea es un camino difícil, pero imparable. El reglamento eIDAS y su posible sucesor el reglamento EUid, ya están en el camino de harmonizar los sistemas de identificación y firma. eArchiving no es todavía obligatorio, pero es la solución recomendada para las propias instituciones europeas y una apuesta clara en el horizonte.

La segunda es un poco más compleja, porque cada proveedor de soluciones de archivo electrónico o digital ofrece unas funcionalidades propias, que nada tienen que ver con la estructuración normalizada y que pueden encajar mejor o peor en los requisitos de cada situación. En cualquier caso, lo que es importante entender es cualquier solución basada en OAIS, ha creado su propia forma de estructurar los paquetes de información. En la mayoría de los casos basadas en los mismos estándares de partida que las especificaciones E-ARK (el componente principal de eArchiving), pero con resultados ligeramente o moderadamente diferentes lo que no propicia la interoperabilidad.   Desde el punto de vista del archivo digital, la tentación de tener una solución que se pueda implantar con rapidez puede primar sobre los beneficios de la normalización. Por eso mismo, eArchiving ha trabajado codo con codo con todos los proveedores de soluciones informáticas (no sólo los que participan en el Consorcio) para que también ellos vean los beneficios de adoptar eArchiving, al menos en el mercado europeo.

Por último, pero no menos importante, para nosotros como empresa consultora, la participación en el Consorcio nos ha reafirmado en nuestra creencia de que la cooperación es una manera de trabajar con unos frutos espectaculares. La necesaria empatía que requiere el trabajo codo a codo con personas de distintas culturas, idiomas y situaciones, te hace ampliar la perspectiva y a veces encontrar soluciones aplicables a otros casos, que sino no hubieras conocido. Esta participación nos ha hecho crecer en conocimientos y puntos de vista que esperamos que sean de mucha utilidad a nuestros clientes presentes y futuros.

 
¿Qué es una política de gestión documental?
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Lunes, 27 de Agosto de 2018 17:44

Hace unos días una estimada colega me pedía mi opinión sobre una política de gestión documental que había redactado y que había recibido importantes críticas de la comunidad profesional. Este post es parte de mi respuesta.

Antes de comenzar a redactar una política de gestión debemos de situarnos en el contexto de la organización y en el propósito de la misma.  En principio, una política es un documento que contiene una declaración de intenciones de la alta dirección de una organización con respecto a un tema concreto; pero dentro de esta misma definición caben al menos dos interpretaciones distintas:

1) Una política en el contexto de la implantación de normas de sistemas de gestión (conocidas por su acrónimo en inglés MSS ), es un documento corto que establece las directrices de la organización con respecto a un tema, en este caso la gestión documental, que está destinado a todas las personas que trabajan en la organización, ya que son ello los que deben hacer posible la política. Es el tipo de documento que hay que redactar cuando se trata de implantar la normas UNE ISO 30301: 2011  Sistemas de gestión para los documentos. Está escrito en un lenguaje comprensible para todos y en los tiempos pre-intranet se colgaba en las paredes de las oficinas para que todo el mundo la tuviera presente. Siendo así, este tipo de política es mejor que no pase de una sola página. Cuando se implantan varias normas de sistemas de gestión en la misma organización, lo ideal es que el sistema de gestión sea integrado, lo que nos lleva a que en muchos casos también se trate de una política de gestión integrada. Es decir, un documento que abarca distintos aspectos de la gestión, entre ellos la gestión de documentos. Que sea un documento corto, no significa que sea sencillo de redactar, ya que tiene que expresar la intención de la alta dirección con conceptos claros y precisos. Por supuesto, el sistema de gestión no se basa sólo en el documento de la política, sino que existen otros niveles de documentación en el que se desarrolla, define y detalla, cada uno de ellos con una audiencia diferente, según el alcance y propósito de los mismos.

2) Una política concebida como un documento técnico que recoge los principios y las reglas para la creación, captura y gestión de documentos y que sirve de base para la implantación de esquemas de funcionamiento, modelos de gestión documental o desarrollos normativos. Son documentos detallados, con componentes técnicos cuya comprensión no está al alcance de cualquiera, y que son redactados por especialistas para especialistas. Son documentos de referencia en procesos de cambio, que detallan las decisiones tomadas con respecto a distintos aspectos técnicos y que son necesarios para guiar un proceso de implantación. Este tipo de política es la que parece haberse impuesto en diferentes países como elemento obligatorio para las administraciones públicas. En España, la Norma técnica de Interoperabilidad (NTI) de Política de gestión de documentos electrónicos o en Colombia Decreto 1080 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura” han optado por la denominación de “política de gestión documental” para este tipo de contenido técnico.  Con este enfoque se han redactado estupendos documentos técnicos que en muchos casos superan las 150 páginas y donde se recogen bien en el texto principal o en anexos al mismo, todos los detalles que sirven para implantar la política. Después de haber emprendido la lectura de muchos de ellos, creo que se puede afirmar que sólo cobra sentido cuando estás directamente involucrado en el proceso para el que han sido concebidos, y que son documentos más de referencia que de declaración de principios.  Cómo son documentos difíciles en los dos casos mencionados, en los que su redacción es obligatoria, se han proporcionado ayudas en forma de plantillas o guías, que a veces producen el efecto contrario al deseado, pues se redactan política por el método del “recorta y pega”. De estas últimas puedo afirmar con conocimiento que no sirven para nada.

 

Cuando alguien lee una política de gestión documental para aprobarla y/o criticarla se ha situado en una de las dos concepciones de antemano y, por lo tanto, no entenderá un “política” hecha con la otra visión. El peligro que corre el que redacta la política es querer hacer un “mix” de las dos visiones, quedándose en tierra de nadie y siendo criticado por todos.

Pero ¿cuál es la solución cuando la organización está en un contexto en que se exige una política técnica, pero al mismo tiempo se quiere implementar una norma como la ISO 30301? Para mi es una cuestión de denominación y, por lo tanto, no se debería perder demasiado tiempo en discusiones sobre lo que es o no una política. Los dos niveles son necesarios y cumplen objetivos totalmente diferentes. En algunos de mis proyectos donde se dan estas condiciones hemos llamado al documento técnico de otra forma, estableciendo dentro del mismo que actúa como política de gestión de documentos electrónicos en cumplimiento de la legislación vigente.

 

Última actualización el Martes, 28 de Agosto de 2018 09:23
 
¡Organización, organización! Lecciones aprendidas desde gestión documental
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Viernes, 08 de Septiembre de 2017 14:59

OrganizaciónLa transformación digital necesita del análisis documental para poder determinar la información que debe crearse y fijarse para documentar los procesos y actividades de la organización y, al mismo tiempo, definir los requisitos para gestionarla.

Sentar las bases de cómo hacer este análisis y llevarlo a cabo se ha convertido en una actividad principal de mi labor de consultoría en los últimos años. Tomando como punto de partida esta experiencia quiero compartir en este post algunas lecciones aprendidas.

Pareciera que cuanto más grandes y más avanzadas tecnológicamente son las organizaciones, existe una tendencia innata a “desorganizarse”. La división en áreas o unidades organizativas que bienintencionadamente buscan realizar mejor su trabajo y automatizar sus tareas lleva a una falta de visión de conjunto. Cuando se inicia el análisis documental incluyendo varias áreas y procesos, las contradicciones y diferentes formas de hacer las cosas saltan muy rápidamente a la luz. Es relativamente frecuente que en cualquier implantación de cualquier herramienta informática se definan requisitos documentales sin tener en cuenta ninguna directriz general, lo que deriva en soluciones diferentes para resolver situaciones iguales. De aquí el título de este post a modo de un viejo chiste sobre una sesión de sexo colectivo: “Organización, organización”, es lo primero que necesitamos.

Esto se refleja en entender cómo funciona la organización y, sobre todo, en buscar las sinergias con otros tipos de análisis que seguro que se están llevando a cabo en la organización. Aunque a veces en el entorno de un proyecto, pueda parecer que esto es complicarse la vida, finalmente resultará en un beneficio para la organización, que es lo que busca la gestión documental. Ejemplos de otros análisis generales con los que alinearse que me he encontrado últimamente son: la definición de procesos en un entorno de implantación de ISO 9001, la definición de procedimientos para el “Sistema de Información Administrativa (SIA)” de las administraciones públicas españolas o la conceptualización de un Portal para clientes y usuarios. Pero quizás lo más importante es establecer unas pautas claras para que en la automatización de un determinado proceso o implantación de herramienta informática se apliquen siempre los mismos requisitos documentales. Un comentario inteligente que escuché hace poco decía que si las pautas estaban hechas actuarían como el cauce un río, el agua siempre iría por el mismo sitio simplemente porque es más fácil que intentar cambiar el cauce.

También significa que el análisis documental debe adaptarse a las organizaciones. La tradición archivística para este tipo de análisis es una base muy sólida, pero no puede imponerse a costa de quedarse aislado. Hay que tener en cuenta que el análisis que se ha hecho en los archivos tradicionalmente ha sido de autoconsumo y ha servido para organizar los fondos en papel una vez que se había finalizado la actividad. A la hora de caminar hacia la organización completamente digital, esto puede no servirnos.

He asistido a muchísimas discusiones sobre definición de procesos (procedimientos) y su relación con las series documentales. Para mí, y para otros muchos que estamos en este campo, la relación “uno a uno” entre proceso (procedimiento) y serie documental debería ser natural, pero para eso se necesita seguramente no seguir estrictamente las series definidas para los archivos en papel.

Igualmente, creo que hay mucho potencial en los cuadros de clasificación que se utilizan en gestión documental. Cómo dice la norma ISO 15489:2016 “los cuadros de clasificación son herramientas para vincular los documentos al contexto de su creación”, y por lo tanto representan las funciones, actividades y procesos de la misma. Cualquier necesidad de clasificación de áreas, funciones y procesos puede utilizar la misma herramienta. Por eso cuando se habla del “cuadro de clasificación del archivo” debe producirse una alerta. Es mucho mejor el cuadro de clasificación de funciones o simplemente de la organización.

Otra lección importante es que los instrumentos de gestión documental (esquemas de metadatos, cuadros de clasificación, calendarios de conservación…) no constituyen el fin de la gestión documental, sino los medios que utilizamos. Últimamente repito como un mantra “Si el instrumento no es útil será que hay que cambiarlo”.

Y en cualquier caso siempre necesitamos, a la hora de proponer cómo cumplir con los requisitos de gestión documental, encontrar el equilibrio entre la normalización (ante necesidades iguales proponer las mismas soluciones) y la necesaria flexibilidad que permita la optimización de los procesos de trabajo.

 

Nota 1: Cómo en otras ocasiones, en aras de la buena comprensión, he utilizado el término análisis documental para denominar lo que en la norma ISO 15489:2016 en inglés se ha denominado “appraisal”, y traducido al español cómo “identificación y valoración”.

Nota 2: Cuando he escrito este post me he dado cuenta de lo absorbente que es esta tarea de análisis documental. ¡Llevaba más de un año sin publicar en el blog!

Última actualización el Lunes, 11 de Septiembre de 2017 09:52
 
Análisis documental: tendencias y reflexiones
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Jueves, 16 de Junio de 2016 15:01

Analizando procesosLas exigencias del entorno digital que afectan a todas las facetas de las organizaciones, tanto públicas como privadas, también están marcando un cambio importante en qué significa o cómo afrontar el análisis documental.

 

Cómo todo concepto en evolución, lo primero que necesitamos del análisis documental es entender de qué se trata. Substancialmente es analizar los procesos y actividades de una organización para determinar la información que debe crearse y fijarse para documentar dichos procesos y actividades,  al mismo tiempo que se definen los requisitos para gestionarla. En Australia y en la nueva redacción de la norma ISO 15489(2016) se asocia este nuevo concepto al término valoración, que hasta ahora sólo se había utilizado para la determinación de los calendarios de conservación. Mientras no se popularice y acepte esta nueva acepción utilizo deliberadamente en este “post”  el término “análisis documental” para hacerme entender por el mayor número de personas.

 

La primera gran tendencia, que podemos observar, es la necesaria confluencia entre actividades que hasta ahora se planteaban de manera separada.  El análisis llevado a cabo por los gestores de los documentos o archiveros, que en muchos casos se realizaba a posteriori cuando los documentos “llegaban” a sus manos, y el análisis llevado a cabo por especialistas en procesos cuando se sistematizaban o diseñaban los procesos de la organización normalmente en contextos de mejora o reingeniería de procesos. Esta confluencia, no exenta de tensiones, es imprescindible en organizaciones que quieren encarar la transformación digital siendo eficientes.

 

La segunda, es que el análisis documental debería realizarse de forma previa a la implantación de un proceso o procedimiento. Por eso, la transformación digital de los procesos de las organizaciones es un momento ideal para iniciar su realización, y muchas organizaciones se encuentran ahora en ese momento. Posteriormente, deberemos contar con un proceso recurrente que es capaz de incorporar las novedades legislativas, cambios funcionales o innovaciones en la forma actuación.

 

En cuanto reflexiones en positivo, veo que ya somos unos cuantos los profesionales que comenzamos a andar este camino hace un tiempo, inventando nuevas herramientas como los mapas documentales, asociándonos con las normas ISO de sistemas de gestión (UNE ISO 30301), o tratando de establecer la metodología del análisis (la última experiencia con los colegas de Metadata en el contexto del proyecto ARPAD de la Xunta de Galicia). Otros, como en el reciente artículo de María García-González, en El profesional de la información, investigan en como sistematizarlo para las administraciones locales en España (“modelo de descripción de procesos” es como lo denomina). La normalización internacional en la nueva norma ISO 15489(2016) lo recoge, describe y explica como uno de los conceptos y principios fundamentales de la gestión de documentos.

 

Sin embargo, para los profesionales de la gestión de documentos supone una transformación importante de las herramientas e instrumentos utilizados en el entorno papel, que todavía no se enseñan o practican en todos los contextos. Estamos en ese momento en que es difícil identificar las competencias necesarias para participar en este nuevo paradigma de análisis documental, y es difícil afirmar que alguien con conocimientos archivísticos tradicionales esté preparado para hacerlo. Desde mi punto de vista, lo primero que se debe asumir es que este análisis no debería ser algo específico de los responsables de gestión documental ni para la gestión documental, sino que debe integrarse en la definición de procesos o procedimientos de la organización atendiendo a  todos los requisitos que puedan surgir.

 

Por otro lado, en el clima de inmediatez que nos rodea puede parecer que un análisis documental previo y bien hecho ralentiza la consecución de los objetivos. A la necesidad de hacerlo de forma previa, se une la escasez endémica de recursos de la función de gestión de documentos en las organizaciones, por lo que muchas veces es cierto que la capacidad para abordar el análisis documental no está a la altura de las necesidades de transformación de una organización (es el caso de muchas administraciones públicas en España que tienen de fecha máxima Octubre de 2018 para implantar todos sus procesos digitalmente).

 

Surge entonces la tendencia de retroceder y desacoplar los procesos de negocio y la gestión documental, asemejándolos más a la gestión tradicional del papel. Cuando se terminan los procesos de negocio empieza la gestión documental. Los análisis, los instrumentos resultantes y las aplicaciones para gestionar documentos sólo intervienen entonces y son herramientas exclusivas de los responsables de gestión documental y archivo.

 

En estos tiempos de cambio lo primero que debe decidir una organización cual es su modelo de gestionar información, y por consecuencia como abordar el análisis documental.

Última actualización el Jueves, 16 de Junio de 2016 15:34
 
E-Administración y gestión documental
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Martes, 29 de Marzo de 2016 18:07

Con la nueva legislación solo puede presentar documentos en papel la ciudadanía (Personas Fisicas)

Desde finales del 2015 en España tenemos una nueva legislación para el sector público que afecta de lleno a como se deben gestionar los documentos. La ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público establecen las bases de cómo se debe desarrollar la administración electrónica y, por lo tanto, como deben gestionarse los documentos electrónicos en el sector público.

En general, valoro positivamente el contenido de la nueva legislación en lo que respecta a la gestión documental. Pienso que viene a asentar y aclarar los aspectos fundamentales, al tiempo que simplifica algunas cuestiones que habían complicado innecesariamente las implantaciones. Esto no quita para que algunas cuestiones ya hayan suscitado algún debate y que quede pendiente como se va a resolver la implementación práctica.

El gran cambio que incluye la ley es establecer la administración electrónica, y por lo tanto el procedimiento electrónico, cómo la única posible.  Ya no se trata de un proyecto de transformación de las administraciones más punteras, sino de la normalidad. La excepción es ahora el uso del papel, que queda relegado a unos pocos casos puntuales que no deben afectar a la normalidad de la tramitación electrónica.  Esto es un gran avance, ya que en el lenguaje común significa que las Administraciones Públicas en España dejarán de producir papel en los plazos establecidos en la ley. Queda fuera de la discusión la posibilidad de que se produzcan “expedientes híbridos”, expresión tan fea como complicada y costosa es su implementación en la práctica. ¡No gastemos más recursos y neuronas en definir esta práctica!


Además del cambio principal, he tenido que revisar minuciosamente la legislación para preparar el curso que imparto en SEDIC. Recojo aquí una tabla con los puntos más destacables.

 

ASPECTO

COMENTARIO

Registro Electrónico de Documentos

Ya no existen dos tipos de registro de entrada de documentos: uno para el papel, con su organización y personal adscrito, y otro electrónico que gestiona el departamento de IT. Hay sólo uno. La transformación organizativa en las oficinas de asistencia en materia de registro será un gran cambio (plazo máximo oct. 2018)

Registro Electrónico de Documentos: entrega de documentos en papel

Solamente tiene derecho a hacerlo la ciudadanía (personas físicas) que así lo decida. Esta medida pretende dejar esta práctica en una situación residual. Las oficinas de asistencia en materia de registros tienen la obligación de digitalizar el documento al tiempo que lo registran y devolverlo al ciudadano. Se acabaron las dudas de si se puede destruir o no, o quien tiene que autorizar la destrucción.

Firmas electrónicas : distinción entre medios de firma y medios de identificación

Desde el punto de vista de gestión documental esta aclaración unida a la especificación de distintos tipos de firma ayuda a separar la firma de documentos de los medios de identificación.

Documentos de ciudadano que deben incluir algún tipo de firma

Al explicitar de forma clara en que tipos de documentos deben utilizarse: Solicitudes, Declaraciones responsables o comunicaciones, Recursos, Renuncias y Desistimientos; ayuda no sólo a simplificar el uso de la firma, sino también a clarificar los tipos documentales principales.

Documentos públicos administrativos

Los documentos que producen las Administraciones públicas tienen que ser electrónicos. Estos son los que hay que gestionar, olvidémonos de todas las posibles copias en papel.

Expedientes electrónicos

Claramente definidos como agrupación de documentos, indicando que deben incluir siempre los informes preceptivos, una copia auténtica de la resolución y un índice numerado de documentos.

De alguna manera se aleja de la complejidad de los “expedientes ENI (Esquema Nacional de Interoperabilidad)”, que parece que sólo se utilizarían cuando se tengan que remitir a otra administración. Queda abierto el debate.

A resaltar una curiosa contradicción cuando la ley establece que un documento puede estar en más de un expediente y al mismo tiempo para la resolución pide que se incluya una copia auténtica.

Metadatos

Aunque es un concepto demasiado técnico para una ley general, se utiliza al menos en tres ocasiones, al referirse a los metadatos que tiene que tener los documentos y las copias. Sin lugar a dudas habrá que apoyarse en la legislación subsidiaria.

Archivo electrónico único

Es uno de los conceptos que más debate ha suscitado, especialmente entre los archiveros, que tienen que hacerlo compatible con una legislación vigente basada en un modelo custodial en papel (archivo de oficina, central e histórico). Yo prefiero verlo como un avance con consecuencias tecnológicas: un repositorio único, y organizativas: unos criterios, procesos y métodos comunes para todos los documentos y expdientes.

Circunscribe el archivo electrónico solamente a los expedientes de los procedimientos finalizados. Aparte de la pregunta ¿y mientras tanto que hacemos con los documentos electrónicos? da pie a enfoques diferentes que seguramente requieren otro post (ver post de Paco Fernández en su Blog: El archivista )

Condiciones de acceso al archivo electrónico

Sin establecerlo de forma explícita, la idea de archivo electrónico único y las condiciones de acceso al mismo parece llevar implícita la idea de que los documentos y expedientes deben poder accederse sin necesidad de uso de las aplicaciones de tramitación. No podemos por lo tanto dejar la lógica de los permisos y accesos sólo en manos de las mismas.

 

 

 

Última actualización el Viernes, 01 de Abril de 2016 08:42
 
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